Primera reforma de circulación después de 20 años. Qué cambia el 1 de octubre de 2027?

Patinetes solo para mayores de 15, chalecos para motoristas y nuevas normas en carretera: qué cambia el 1 de octubre

La reforma del Reglamento General de Circulación impone nuevas obligaciones para conductores, ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP)

El próximo 1 de octubre entra en vigor la nueva normativa de seguridad vial. La reforma del Reglamento General de Circulación, la primera gran modificación del ordenamiento estatal en más de veinte años, impone nuevas obligaciones a ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes eléctricos. El nuevo código vial pretende proteger a los “peatones vulnerables”. Es decir, los menores, los ancianos, las personas con discapacidad y los individuos con movilidad reducida.

Los menores de quince años no podrán circular en patinetes eléctricos

A partir de octubre, los menores de quince años no podrán circular en patinete. Los conductores de este tipo de vehículos de movilidad personal (VMP), que han sido objeto de debate en numerosas ocasiones, deberán llevar casco homologado y, junto con las bicicletas, tendrán prohibido circular por las aceras. En caso de visibilidad reducida, la normativa impone el uso de un elemento reflectante y, un año más tarde de su entrada en vigor, será obligatorio circular con la luz encendida durante todo el día.

Llega el chaleco reflectante para motoristas y guantes obligatorios en carreteras interurbanas

Uno de los colectivos que experimentan cambios más relevantes es el de los motoristas. A partir del jueves, deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad como parte del equipo de protección individual obligatorio. Un elemento que deberán utilizar cuando salgan de la motocicleta y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas. La nueva normativa también exigirá el uso de guantes en vías interurbanas y de calzado cerrado en todo tipo de vías.

Ante retenciones, los vehículos deberán facilitar un carril central para emergencias

Los cambios más notables de la nueva normativa afectarán, de manera transversal, a todos los 28 millones de conductores del Estado, que deberán adoptar nuevas pautas de circulación que hasta ahora no se aplicaban.

Es el caso, por ejemplo, de cómo proceder ante los atascos en carretera. A partir del jueves, siempre que el tráfico se detenga o se forme una retención, se deberá despejar un carril para facilitar el paso de los vehículos de emergencia por el centro. En las vías con dos carriles por sentido, se tendrá que dejar un espacio central entre ambos, situando los vehículos en los extremos opuestos de cada carril.

En el caso de autopistas o autovías con tres o más carriles, los vehículos del carril de adelantamiento se deberán desplazar hacia el extremo izquierdo y todos los demás hacia la derecha. Dejando así un espacio entre el carril izquierdo y el inmediatamente contiguo. Esta normativa también se aplicará en caso de nieve, cuando esta dificulte la visibilidad.

Catalunya no aplicará la totalidad de la normativa estatal; las motocicletas no podrán circular por el arcén en caso de retención

Las motocicletas también podrán circular en caso de atasco. Se les permitirá invadir el arcén y transitar por la derecha de los vehículos a un máximo de 30 km/h, en tramos debidamente señalizados. A pesar de que la normativa estatal lo permita, Ramon Lamiel, director del Servei Català de Trànsit (SCT), ya ha anunciado que Catalunya no señalizará ningún tramo.

“El arcén es un espacio vital de seguridad, para realizar maniobras o asistencia en una situación de emergencia”, declara Lamiel. Ante un accidente, este director del SCT explica que el arcén es necesario para atender a heridos o reparar infraestructura dañada. Según Lamiel, “la medida presenta cierta confusión”, ya que en algunas autovías se permite la circulación de bicicletas por el arcén.

El SCT apuesta como medida alternativa por el filtrado. Es decir, que las motocicletas avancen entre los vehículos aprovechando el espacio entre dos carriles. Una medida que en los últimos años ha ganado adeptos entre los países europeos. Francia, Bélgica, Países Bajos y Reino Unido, ya optaron por regular esta práctica, mientras que España es el único estado que opta por la circulación de motocicletas por el arcén en caso de atascos en carreteras interurbanas.

Ciclistas: casco obligatorio en carretera y más medidas de seguridad en adelantamientos

El otro colectivo afectado son los ciclistas, que deberán circular con casco en vías interurbanas, sin exenciones. La nueva normativa también refuerza su protección en caso de adelantamiento. Para adelantar a un ciclista en carretera, así como a un vehículo averiado o inmovilizado, se deberá reducir como mínimo 20 km/h respecto al límite de velocidad de la vía, mantener una separación lateral de 1,5 m y, en caso de que se trate de una vía con dos carriles, cambiar completamente de carril, sin invadir el espacio por el que circula el ciclista.

En las ciudades, la distancia de seguridad entre el ciclista y el vehículo en el mismo carril se amplía hasta los cinco metros. Una posibilidad que ya habían incorporado algunos ayuntamientos a sus ordenanzas. Las bicicletas deberán circular preferentemente por el centro del carril, en lugar de hacerlo pegadas al lado derecho. En las calles urbanas que tengan un solo carril y un límite de velocidad inferior a 30 km/h, se podrá permitir la circulación de bicicletas en sentido contrario. Otra medida que ya incorporaban algunas ordenanzas municipales.

Nuevas rutas escolares seguras cerca de colegios y residencias

Los ayuntamientos que lo consideren oportuno podrán crear caminos o rutas escolares seguras cerca de los colegios, donde se aplicarán restricciones a coches y otros vehículos mediante señalización. Estas medidas de protección también se podrán aplicar cerca de zonas con peatones vulnerables.

Es decir, a todas aquellas personas que, “por razón del medio de desplazamiento que utilizan o por las características físicas del grupo de edad al que pertenecen, tienen un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente de tráfico o que éstas sean de mayor gravedad”.

Se termina la luz ámbar con el verde en paso de peatones

La nueva normativa prevé reforzar la protección de los peatones en semáforos, ya que, como norma general, la luz ámbar intermitente para vehículos no podrá coincidir con la verde para peatones.

Fin de la exención del cinturón de seguridad para taxistas y repartidores y riders con casco homologado

A partir del mismo jueves 1 de octubre, se eliminan las exenciones del uso del cinturón para taxistas, repartidores y profesores de autoescuela. En cuanto a los riders y repartidores, los conductores deberán equiparse con un casco homologado, correctamente abrochado. Además, se les requerirá llevar un chaleco reflectante en todo tipo de vías, durante el horario laboral.

La normativa prevé sanciones de 200 euros ante posibles incumplimientos

El incumplimiento de la gran mayoría de las nuevas prohibiciones se catalogará como infracción grave. La omisión de las normativas respectivas a los vehículos de movilidad personal (VMP), así como no equiparse con guantes en vías interurbanas y calzado cerrado, en el caso de los motoristas, o no respetar la distancia y la velocidad al adelantar a ciclistas, comportará 200 euros de sanción. La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada en 2015, es la que fija las bases del sistema sancionador.

Velocidad máxima en autobuses sin cinturón fuera de poblado

Los autobuses que transporten pasajeros de pie o no dispongan de cinturones deberán circular a una velocidad máxima de 80 km/h fuera de poblado. La reforma también aclara la diferencia entre estacionar y acampar con caravanas y autocaravanas. Solo se considerará que el vehículo está debidamente estacionado si no despliega toldos ni ventanas, se apoya únicamente sobre las ruedas y no vierte fluidos al exterior.

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